DIVISIÓNNacional de Judiciales

El artículo 678 del Código de Procedimiento Civil describe las clases, cuantía y oportunidad para constituir cauciones, ordenadas por una autoridad judicial. Entre ellas la más práctica y con mayor acceso al público, es la póliza emitida por compañía de seguros. Consciente de ello, Seguros del Estado S.A. ofrece todas las posibilidades para adquirir una póliza judicial sea cual fuere la causa, monto o autoridad que ordena constituir dicha caución, la cual, respalda a nuestro cliente o afianzado a cumplir con una posible obligación de pago.

La Dirección Nacional de Judiciales sigue siendo líder en el ramo de seguro judicial con un reconocimiento nacional por parte de nuestros clientes internos y externos.

Nuestro fuerte es la expedición de pólizas judiciales, cauciones exigidas por autoridad judicial o entidad competente. También expedimos pólizas de cumplimiento estatal, particular y disposiciones legales, responsabilidad civil extracontractual derivada de cumplimiento y SOAT.

Gracias a la Tecnología de vanguardia de la Compañía nos permite enviar la póliza judicial requerida a cualquier parte del país vía internet. Igual se cuenta con el servicio de expedición con cargo a cualquier sucursal del país y de nuestros intermediarios.

Horario de atención: Lunes a Viernes, de 8:00 a.m. a 5:15 p.m., Jornada Continua
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