gLOSARIO
T
Tabla de mortalidad: Número de personas que respecto a un grupo determinado muere en un periodo de tiempo, generalmente un año.
Titulo al portador: Titulo de crédito que no está expedido a favor de persona determinada, y se negocia con la simple entrega del titulo
Titulo caducado: En capitalización, es un titulo atrasado en el pago de las cuotas.
Titulo cedido: En capitalización es un título cuyo suscriptor ha endosado o traspasado sus derechos a otra persona.
Titulo de capitalización: Es un contrato entre el comprador, que en este caso se llama suscriptor, y la compañía, con el fin de constituir determinado capital, mediante el aporte de cuotas periódicas, que le dan la posibilidad de participar en un sorteo mensual.
Titulo nominativo: Es aquel titulo de crédito que ha sido expedido a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto mismo del documento. Para su negociación se necesita el endoso, la entrega y la inscripción del traspaso.
Titulo rescindido o cancelado: En capitalización, es un titulo que termina con su vigencia antes del vencimiento del plazo máximo. Se le devuelven los valores de cancelación que haya generado hasta dicha fecha.
Titulo vencido: En capitalización, es el título que ha llagado a su plazo máximo.
Titulo vigente: En capitalizaciones es aquel que no ha llegado a su vencimiento, independiente si se encuentra al día o en mora en el pago de sus cuotas.
Tomador: Es la persona que contrata el seguro con el Asegurador. Generalmente en los seguros individuales el tomador contrata el seguro por cuenta propia, uniéndose así en una persona dos figuras (Tomador o Contratante y Asegurado). Por el contrario el seguro es por cuenta ajena cuando el tomador es distinto del Asegurado; esta situación es típica en los seguros colectivos. Es la persona que, obrando por cuenta propia o ajena, traslada los riesgos a una aseguradora.
Transmisión del Interés Asegurado: Situación que se produce cuando el interés que se asegura es transferido por el asegurado a otra persona quien, como adquirente del mismo, queda automáticamente subrogado en los derechos y obligaciones que correspondían en el contrato de seguro al anterior titular.
U
Unilateral: Acto jurídico que solo impone obligaciones a una sola de las partes.
Usuario: Persona que recibe el beneficio de un producto, ya sea consumiéndolo o creando mediante un proceso posterior, otro producto destinado a la venta.
Usufructo: Derecho de usar y gozar de una cosa cuya propiedad pertenece a otro, con tal que no se altere su sustancia.
V
Validez: Cualidad de un acto o contrato jurídico para que produzca todos los efectos que se deriven de su propia naturaleza y de la voluntad constitutiva.
Valor asegurado: Se llama así al máximo pagadero en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de póliza.
Valoración del riesgo: Proceso mediante el cual se establece la prioridad de que ocurran daños personales o pérdidas materiales y la cuantificación de los mismos.
Vencimiento del seguro: Finalización de los efectos de una póliza como consecuencia del cumplimiento de las condiciones previstas y determinadas de ello.
Vitalicio: Que dura desde que se obtiene hasta el fin de la vida. Suele aplicarse a cargos, rentas, pólizas de seguros etc.